martes, 6 de diciembre de 2016

Por la protección constitucional de la verdad



Un apunte muy del día, esperamos que no pille a las visitas empachadas. Pero como parece que cada vez es mas inevitable eso que algunos han dado en llamar ”abrir el melón constitucional”, ojo que el tiempo vuela y cualquier día nos encontramos con que las infantas se ponen a ovular y a ver si la armamos, queremos apuntar una propuesta en esa que ya empieza a ser larga lista de reformas de la Constitución. Pero esperamos que la nuestra entre en el apartado de las que gozan de un amplio consenso. Como ya lo tiene suprimir la preferencia del macho en la sucesión a la corona.

Hay quien piensa que acercar la justicia a los ciudadanos es meterlos en un jurado, cuando es notorio que en un contexto tan profesionalizado y con el amplio bagaje de ardides que exhiben algunos abogados, ello conduce a una mas que probable peor administración de la Justicia. Así que igual hay que probar otras formas de fomentar tan deseable acercamiento entre justicia y pueblo. Como que las leyes, empezando por la primera de ellas que es la Constitución, sean entendidas por los mas.

Y es que son muchos los ciudadanos que no comprenden demasiadas cosas en relación con las decisiones jurídicas. Una de esas perplejidades, que compartimos, es por qué nuestro Tribunal Constitucional ha entendido que el derecho “a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia” que consagra el artículo 24 de la Constitución ampara el derecho a mentir de los imputados.

Cierto es que, como suele aducirse, ese “derecho a mentir” tiene la limitación de no perjudicar a terceros que podría derivar en un delito de acusación o denuncia falsas. Hasta ahí podríamos llegar.

Pero es que incluso desde un punto de vista práctico la cosa tiene efectos tan absurdos como el que se deriva de la sentencia del TC 129/1996 de 9 de julio que dice “sin que, por otra parte, tenga valor de declaración, como tal imputado, aquella que se produce con anterioridad a la imputación, actuando como testigo, porque, cuando declara como tal tiene obligación de decir la verdad y, en cambio, el acusado no sólo no tiene esta obligación, sino que puede callar total o parcialmente o incluso mentir, pues hasta ahí llega el derecho de defensa”. O sea, que como imputado deja de ser válido lo dicho como testigo. Alucinante verdad según cómo. Y menudas pirulas procesales ocasiona esta gracieta.

Pero aun nos parece mas importante el fundamento ético de la cuestión que deriva en que un tribunal no pueda tomar medidas cuando un imputado se ríe descaradamente del mismo o de los ofendidos. ¿Hay que recordar el caso Marta del Castillo? Y eso, aunque desgraciadamente no sea así en el mismo, cuando en muchas ocasiones es fácilmente demostrable esa mentira que no pocas veces incluso vemos propalar por en televisión. ¿No sería suficiente razón para el cambio evitar que los ofendidos puedan ser ultrajados legalmente?

Ilustración de Roel Seidell
Con todo, la cosa tiene mas calado, porque la situación actual no hace sino fomentar la ya muy amplia aceptación social de la mentira. Algo que comprobamos a diario cuan devastadores efectos tiene. El germen de esa clase política tan gravemente infectada por la corrupción que no ha llegado de otro planeta, ni siquiera país, sino que es una mera muestra de los principios que se han asentado en nuestra sociedad. Que al menos a esos sinvergüenzas que se permiten mentir chulescamente se lleven un "paquete" adicional por mentirosos. Esos que, como el tal Granados, poco menos que pedían llenos de ira ejecutar a los corruptos.

Estamos, en definitiva, ante una manifestación de esa ruptura entre moral y derecho de la que hablaba el catedrático Rafael Domingo Oslé en un artículo de muy recomendable lectura publicado en el año 2014 en El Mundo: ¿Derecho a mentir? No, gracias.

¿Por qué en países de nuestro entorno con sistemas de garantías equiparables a los nuestros se considera que esa aceptación de la mentira no menoscaba el derecho de defensa?  Este “Spain is different”, aunque con excepciones como la vecina Francia, no nos gusta nada.

Estamos ante un caso, ni mucho menos único, en que la balanza jurídica parece claramente inclinada a favor del ofensor frente al ofendido. Así que, sres. políticos, ¿nos ponemos a favorecer un poquillo a los buenos? A ver si ganan como en las pelis que mas gustan.

Y aunque mira que nos gusta poco el Senado, ¿serían tan amables de apuntar la petición anterior delante de ese asunto? Es que mucho nos tememos que en eso va a producirse un seguro atasco, porque está claro que son unos cuantos muy deseados puestos de trabajo que se perderían en su gremio. Y es bien sabido que vds. están dispuestos a todo por impulsar el empleo. Como el que se perdería con esa manifiestamente necesaria reducción del número de ayuntamientos que nunca llega porque ¿cómo le vamos a hacer esto a fulano que tantos servicios ha rendido al partido?

Para legislar bien basta con pensar un poco en qué es mejor para el común. Así de fácil.






P.S.- Hablando de mentiras, dirán que una vez destapado el asunto es bien fácil detectar la multitud de incoherencias y disparates. Así que ya nos gustaría haber leído el artículo "Cuando no hay nada para Nadia" de Pedro Simón, publicado en El Mundo, antes de que se destapara el escándalo. Pero nos cuesta creer que no se nos hubiera encendido alguna alerta ante tanto exceso. Y que tragara tanto periodista como tragó, dice poco del estado de esa profesión.

Vamos a tener que acabar dando la razón a los del Diccionario Collins con su elección de posverdad como palabra del año. Los hechos ya no importan, solo cuentan las emociones.






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